RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2018, del Director General de Cultura y Patrimonio, por la que se incoa procedimiento y se abre un periodo de información pública por el plazo de un mes para la declaración de la Casa Consistorial, Lonja y Cárcel de Belmonte de San José (Teruel) como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 14/06/2018 (Nº 114)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
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Texto completo:

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, clasifica los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados.

La Ley define los Bienes Catalogados como aquellos que pese a su significación e importancia, no cumplen las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural. Estos bienes serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés.

La declaración de un Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés precisa de la tramitación de un procedimiento que ahora se inicia y que ha de resolverse en un plazo máximo de 18 meses. El procedimiento será el establecido en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y la inclusión de dicho bien en el Catálogo se hará por orden de la Consejería del Departamento responsable de Cultura y Patrimonio.

La Casa Consistorial-Lonja, Carcel de Belmonte de San José, presenta unos valores culturales singulares recogidos en el anexo I de esta resolución que le hacen merecedor de esta protección. Es un edificio de corte renacentista del Siglo XVI y el edificio de arquitectura civil más relevante del municipio, siendo adecuada su protección como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés, estableciendo un entorno de protección recogido en el anexo II de esta resolución.

Por ello, el Director General de Cultura y Patrimonio, acuerda:

Primero.- Incoar procedimiento para la declaración de la Casa Consistorial, Lonja y Cárcel de Belmonte de San José (Teruel) como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés, conforme a la descripción del bien que se publica como anexo I y el plano de delimitación recogido como anexo II.

Según el artículo 24.4 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la notificación al titular o poseedor de la iniciación de un expediente para la inclusión de un bien en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés determinará la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la presente Ley para los bienes ya catalogados. Dicho régimen se recoge en el Título II, Capítulo II de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, lo que implica que cualquier intervención en un bien inmueble catalogado precisará la autorización previa del Departamento responsable de Patrimonio Cultural.

Segundo.- Abrir un periodo de información pública durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinar el expediente en las oficinas de esta Dirección General (avenida de Ranillas, edificio 5 D, 2.ª planta de Zaragoza en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas). Igualmente, dentro de dicho plazo, podrán formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigiéndose al Director General de Cultura y Patrimonio, en la dirección antes indicada.

Tercero.- Publicar la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y notificarla al Ayuntamiento de Belmonte de San José y al resto de interesados.

Zaragoza, 29 de mayo de 2018.- El Director General de Cultura y Patrimonio, Ignacio Escuín Borao.

I

Descripción de la Casa Consistorial, Lonja y Cárcel de Belmonte de San José (Teruel)

La Casa Consistorial de Belmonte de San José es el edificio de arquitectura civil más relevante del municipio y se levantó en fábrica de piedra de mampostería y sillar y presenta una mayor labra de la piedra y calidad del aparejo en la fachada principal, aunque su diseño, sin apenas elementos decorativos, es plenamente funcional. No obstante, se configura como un magno edificio, de volúmenes recios y rotundos, en perfecta correlación con su distribución espacial.

En la planta baja se abre una lonja, definida por dos grandes arcos de medio punto apoyados sobre pilares de sección cuadrada, decorados con bandas de triglifos. Entre ellos, hay un escudo heráldico, aunque mal conservado, que pudo incluir el emblema de la villa.

La lonja, destinada a la venta de mercaderías y como trinquete para la práctica del juego de pelota a mano o del llamado "guante", está cubierta por una techumbre arquitrabada de madera adintelada y en ella se reunía antiguamente la asamblea o concejo general de la comunidad, que estaba compuesta por el justicia, los jurados y el resto de los vecinos o habitantes de la localidad. En su interior, hacia la parte derecha del muro se abre un arco rebajado, que corresponde con la puerta principal y a la izquierda se encuentra la pequeña puerta de acceso a la antigua cárcel y su mirilla, restaurada recientemente y que forma parte de la actual "Ruta de las Cárceles del Bajo Aragón-Matarraña". Todavía se conserva uno de los grilletes originales que se aplicaba a los presos.

Sobre el primer cuerpo se dispone la planta noble, en la que se aprecian tres vanos que se corresponden con dos ventanas adinteladas situadas en los extremos, con alféizares en voladizo tallados en piedra, y un balcón central no original que aprovechó la ventana existente.

El tercer cuerpo no presenta la característica galería aragonesa, que se ve en otras obras similares, sino tres sencillas ventanas adinteladas. Coronaba toda esta fachada un alero en ladrillo con bandas en esquinilla, fruto de la remodelación realizada en el siglo XVIII, y que actualmente ha sido modificado. Sus dos fachadas laterales son más sencillas y están realizadas en mampostería, con diversos vanos dispuestos en los teóricos cuerpos superiores, destacando un arco de medio punto entre lo que sería el primer y segundo cuerpo de su fachada lateral izquierda, que antiguamente debió ser utilizado como acceso al edificio.

En la parte delantera derecha de la fachada principal existe una enorme argolla de hierro que simboliza el lugar destinado a realizar escarnios públicos contra los que hubiesen cometido delitos menores (falsedad de pesos y medidas, etc.). Un enorme rollo de molino empotrado en el suelo y recordado como el "rollet" estaba situado junto a la misma fachada, dispuesto bajo la citada argolla. En épocas posteriores fue utilizada para apuntillar a los toros en las corridas o como punto de partida del juego infantil del escondite, a causa del sonido característico que hacía al moverla.

Interiormente se distinguen tres plantas, distribuidas en dos crujías paralelas a la fachada principal. En la planta baja se dispone la lonja, la antigua cárcel y la caja de escaleras. En la planta noble el salón de sesiones, el despacho del titular del consistorio y la secretaría (antigua escribanía) y, finalmente, en la tercera planta, donde estaba el granero, actualmente existe una espaciosa sala destinada a archivo y los lavabos.